
Hemos elaborado un sencillo resumen de los nuevos títulos náuticos para que sepas rápidamente qué licencia es la más adecuada para ti según la eslora de tu barco. En la siguiente tabla encontrarás las titulaciones y sus principales atribuciones.
Esta información está elaborada en base al Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y también en referencia a algunas publicaciones de ANEN. Este resumen de las nuevas titulaciones náuticas se ofrece como guía de consulta general. Si quieres ampliar información sobre el los contenidos de los cursos, cómo certificar prácticas o cursos ya realizados, etc., por favor, dirígete a una escuela náutica o a tu federación náutica.
Tabla resumen de los nuevos permisos de navegación
Título | Eslora | Potencia | Navegación | Obtención |
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Sin título |
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15 CV (11,26 kw) |
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Licencia de Navegación (LN) |
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La homologada para la embarcación |
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Patrón de Navegación Básica (PNB) |
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La homologada para la embarcación |
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Patrón Embarcación de Recreo (PER) |
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La homologada para la embarcación |
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Patrón de Yate (PY) |
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La homologada para la embarcación |
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Capitán de Yate (CY) |
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La homologada para la embarcación |
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* Aunque el RD de titulaciones limita las atribuciones del título de Capitán de Yate a barcos de hasta 24 metros de eslora, posteriormente el Real Decreto de Megayates quitó este límite.
Renovación del permiso
Cada 10 años, es necesario hacer un reconocimiento psicofísico, no es necesario repetir ningún examen. Si tienes más de 70 años de edad, la renovación debe hacerse cada 5 años.
Convalidaciones, prácticas y cursos ya certificados
Las prácticas específicas de vela son únicas, valen para todos los títulos. Si se realizan para obtener el PNB, ya no se necesitan hacer de nuevo.
Una vez superado el curso de radio-operador de corto alcance, no será necesario repetirlo para obtener otras titulaciones. Para obtener el título de Patrón de Navegación Básica (PNB) es obligatorio realizar un curso de radiotelecomunicaciones, sin embargo, éste se puede sustituír por el curso de radio-operador de corto alcance.
El curso de radio-operador de largo alcance es opcional, si se realiza este curso, ya no es necesario cursar la formación específica obligatoria en radiotelecomunicaciones para cada título.
¿Y si tengo el “Titulín”?
Si ya tienes el Titulín en vigor (no caducado), podrás seguir navegando. En el momento de renovarlo, deberás realizar 4 horas de prácticas y podrás canjearlo por la Licencia de Navegación.
Si tienes un título antiguo, puedes seguir utilizándolo o bien canjearlo por uno de los nuevos según las equivalencias expresadas en el Real Decreto (ver Disposición Adicional Sexta y ANEXO I). En algunas ocasiones el canje es sencillo, en otras hay que realizar algún curso complementario como las prácticas de navegación a vela o de radiocomunicaciones, acreditar horas de navegación, presentar documentación adicional, etc.
¿Cómo son las prácticas?
Las prácticas se realizan siempre en aguas marítimas, salvo las prácticas de seguridad y navegación para la Licencia de Navegación y el PNB, que también se pueden realizar en aguas interiores (pantanos). Las Escuelas Náuticas podrán usar embarcaciones semirrígidas para las prácticas de la Licencia de Navegación, mientras que para el PNB y PER necesitan barcos de 6 m de eslora como mínimo; para PY y CY la eslora mínima será de 11,50 m. Para los cursos de radiocomunicaciones se utilizarán simuladores de radiocomunicaciones homologados por la Dirección General de la Marina Mercante.
Esperamos que este artículo te haya aclarado qué título necesitas según tu barco o tus necesidades de navegación. Recuerda, si buscas tanto embarcaciones nuevas, como de segunda mano, te podemos ayudar.
Etiquetas: legislación, manual, náutica, titulaciones