El jigging es una modalidad de pesca deportiva selectiva que ha sido prohibida solo en Canarias por el Ministerio de Medio Ambiente. Todos los aficionados y empresas del sector están pidiendo la derogación.
Una modalidad de pesca selectiva
La técnica de pesca jigging usa un tipo de señuelo denominado jig (palabra inglesa para denominar también un tipo de baile antiguo). Este señuelo está compuesto de un plomo y de un anzuelo recubierto de algún material blando para atraer a los peces. Mediante esta técnica de pesca selectiva, el señuelo se mueve verticalmente y de forma errante, para hacer creer al pez depredador que se trata de un pequeño pez huyendo hacia la superficie.
En Canarias, este tipo de pesca se realiza desde barcos, a profundidades de entre 70 y 170 metros. Esta técnica de pesca deportiva requiere un equipamiento especial y un gran esfuerzo físico. Por eso, se considera una técnica muy selectiva, que produce pocas capturas y de grandes peces depredadores, y por tanto es respetuosa con el medio ambiente.
La prohibición del jigging y el curricán en Canarias
La Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional Canario, dice:
Artículo 4. Prohibiciones en el ejercicio de la pesca en el caladero nacional de Canarias.
Se prohíbe:
a) Cualquier forma de pesca de arrastre, tanto si se realiza con arte remolcado por embarcación como si se practica sin embarcación desde la orilla.
b) La práctica del «jigging», consistente en una modalidad de pesca desde embarcación según la cual se dejan caer libremente al fondo uno o más señuelos plomados que son recuperados con movimientos rítmicos del sedal, al tiempo que se ejerce una acción sincronizada a través de las flexiones de la caña para simular a un pez que huye erráticamente hasta la superficie.
c) Cuando se utilice el curricán o currica, se prohíbe el uso de depresores que permitan que el aparejo pesque por el fondo.
Las prohibiciones recogidas en los apartados b) y c) afectarán también a la práctica de la pesca recreativa.
Esta prohibición entrón en vigor el 1 de diciembre de 2015.
Campaña de firmas para derogar la prohibición
La Confederación Española de Pesca Recreativa Responable ha avisado del cambio en la legislación y se ha iniciado una campaña de recogida de firmas para pedir la derogación de esta orden ministerial que nadie en el sector comprende, que ha sido adoptada sin consultar al sector de la pesca recreativa y que no se apoya en ningún estudio científico que justifique tal decisión.
La Asociación Canaria de Pesca Recreativa Responsable (ACAPER) se ha sumado a esta campaña, así como otras muchas asociaciones y clubs, además de empresas del sector. El sector no entiende el por qué de la prohibición, ya que se trata de una modalidad de pesca muy selectiva, que produce muy pocas capturas. Además, apuntan que el impacto en el sector turístico y comercial especializado en la pezca deportiva puede ser muy importante.
¿Cómo apoyar esta campaña?
Es muy sencillo, hay que entrar en esta petición de firmas y registrarse usando el formulario en la parte derecha “Firmar esta petición”. Comparte esta página con tus amigos, ya falta muy poco para llegar al objetivo de 5.000 firmas.
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